De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Estudios de Posgrado el comité tutor tiene las siguientes funciones:
a. Aprobar el plan de trabajo del alumno,
b. Asesorar el trabajo del alumno,
c. Evaluar semestralmente el avance del plan de trabajo del alumno,
d. Determinar, en su caso, si el alumno de doctorado está preparado para optar por la candidatura al grado,
e. Entregar las evaluaciones semestrales en los tiempos establecidos por la Coordinación del Programa,
f. Proponer la integración del jurado de examen de grado, y del examen de candidatura al grado de doctor,
g. El comité tutor deberá reunirse en pleno con el alumno al menos dos veces durante el semestre; conocerá y avalará el trabajo final con el cual el alumno se graduara, así como el plan individual o de trabajo que deberá cumplir el alumno, evaluará su avance y establecerá el plan de trabajo para el próximo semestre.